Muy buenas noticias, a pesar de que no están todos los que son

Ampliación del catálogo de especies invasoras

(http://www.ambientum.com/boletino/noticias/Ampliacion-del-catalogo-de-especies-invasoras.asp#)

 

«La Sala III del Tribunal Supremo ha admitido parcialmente el recurso de SEO/BirdLife, CODA-Ecologistas en Acción y la Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos y, en una sentencia publicada hoy, ordena la inclusión en el Catálogo de Especies Invasoras la carpa común, la trucha arco iris, el alga comestible wakame, la pataca o tupinambo y el hongo quitridio.

La medida conlleva la prohibición genérica de posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, incluyendo el comercio exterior.

Asimismo, el alto tribunal anula las excepciones que permitían la caza y pesca de de algunas especies invasoras, la comercialización de otras -como el cangrejo rojo- y las explotaciones de cría de visón americano.

Según informa el Consejo General de Poder Judicial (CGPJ), la decisión se basa en informes científicos que prueban el carácter invasor y la amenaza grave que suponen sobre las especies autóctonas, el medio ambiente y los hábitats y ecosistemas.

De hecho, algunas de estas especies ya estaban incluidas en el listado de las 100 especies exóticas invasoras más dañinas del mundo, según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.

Asimismo, el Supremo establece la inclusión en el catálogo de la población murciana del bóvido conocido como arruí (Ammotragus lervia), que los demandantes señalaban que fue introducida en la sierra murciana de Espuña en 1970 por su interés cinegético como trofeo debido a su notable cornamenta.

El Supremo rechaza que pueda ser excluido por razón del lugar o provincia de su originaria introducción, o de la fecha de introducción, cuando no se han acreditado circunstancias relativas al hábitat o ecosistemas que sí podrían valorarse.

“Está en la naturaleza de las cosas que la caza y la pesca, lejos de servir a los fines de erradicación de las especies catalogadas, más bien determinan su mantenimiento indefinido, cuando no la agravación, del status quo actual, dificultando, si no haciendo imposible, su erradicación, que es un objetivo inequívoco de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad”, indica la sentencia.

SEO/BirdLife trabaja, desde hace años, para garantizar que la legislación de especies invasoras en nuestro país atienda a los requerimientos que indican los informes científicos.

Desde la promulgación del vigente Real Decreto sobre este asunto, aprobado en 2013, la organización conservacionista ha sumado esfuerzos con otros colectivos para impulsar el cambio legislativo que, con la sentencia del Tribunal Supremo, ha tenido que forzar la Justicia.

La proliferación de especies invasoras no solo supone un problema ambiental sino también un coste para las administraciones públicas, que deben hacer frente a los estragos que han causado y causan especies tan conocidas como el jacinto de agua o el mejillón cebra.»

 

Fuente: SEO/BirdLife. Véase también http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-estima-el-recurso-de-Ecologistas-en-Accion-y-amplia-el-registro-de-especies-invasoras

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